Consejo de Estado anula sanción contra Gustavo Petro, exalcalde de Bogotá
El Consejo de Estado anuló una decisión que inhabilitó por 15 años al exalcalde de Bogotá Gustavo Petro para el ejercicio de cargos públicos, lo que puede despejar su camino para una posible candidatura a la Presidencia, informaron hoy medios locales y el exfuncionario.
Petro indicó en su cuenta de Twitter que el Consejo de Estado «en fallo de fondo y definitivo anuló el proceso disciplinario» que el entonces procurador general, Alejandro Ordoñez, expidió en 2013 y por el cual se le destituyó e inhabilitó por 15 años.
«Triunfo de la Justicia y de la ciudadanía bogotana que se movilizó», agregó el exburgomaestre.
Según el diario bogotano El Tiempo, la Sala Plena del Consejo de Estado aceptó, con 17 votos a favor y uno en contra, la ponencia del magistrado César Palomino, quien argumentó que no se pudo comprobar dolo o mala intención del exalcalde en el cambio del esquema de basuras de la capital colombiana.
Al reaccionar a la decisión, el exprocurador Ordoñez indicó en Twitter que la sanción contra Petro «se decidió según el derecho disciplinario y con suficiente material probatorio», y señaló que «fue ratificada por la Superintendencia y la Contraloría».
«Hoy parece que hay personas e intereses por encima de la Ley», se quejó Ordóñez, quien aseguró que «en beneficio del exalcalde Petro, a quien se le comprobó su ineficiencia, queda abierta la puerta para que miles de corruptos sancionados regresen a la vida política».
El pasado 8 de noviembre, el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CCAJAR) informó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recomendó al Estado colombiano suspender decisiones administrativas como las que destituyeron e inhabilitaron a Petro.
La Procuraduría indicó que las razones de su decisión en contra del exmandatario local eran «tres faltas gravísimas» que cometió en el proceso de contratación del servicio de recolección de basuras en Bogotá.
Inicialmente, la CIDH dictó en 2014 medidas cautelares para cobijar a Petro y manifestó que este debía regresar a su cargo.
Por ello, en la recomendación que la CIDH tomó en el período de sesiones que realizó en Uruguay en octubre pasado y que notificó al Estado el 7 de noviembre, la comisión reiteró que la inhabilidad para ejercer cargos públicos en Colombia solo puede darse por una condena de un juez penal, no por sanciones administrativas o fiscales.
En consecuencia, la CIDH le dio al Estado colombiano un plazo de dos meses para acatar las sugerencias que fueron hechas con base en el artículo 50 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
A partir de la notificación, lo que sigue es esperar que el Estado cumpla el plazo dado para adoptar las recomendaciones contenidas en el informe, que es de carácter confidencial.
Sin embargo, el Estado puede pedir extensiones de ese plazo y en la medida en la que demuestre que está avanzando en el cumplimiento, la CIDH está facultada para otorgarlas las veces que considere pertinente.
EFE