¿Los empleadores ajustan el tiempo laboral de los empleados basándose en sus necesidades?
Este cuestionamiento se planteó ante la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en España, que condenó a una empresa al pago de 3.125 euros por daños morales a una de sus empleadas por la denegación infundada de la adaptación de su horario laboral al horario de la guardería en la que había matriculado a su bebé.
Aunque en Colombia no hay una norma que permita hacer efectivo el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral, el país busca regular la jornada bajo un proyecto de ley que cursa en el Congreso, el cual determina los lineamientos para elaborar una política pública que concilie las responsabilidades familiares con la vida laboral.
Dada la ausencia de reconocimiento de las actividades de cuidado no remunerado de las mujeres que deriva en dobles jornadas para atender las tareas laborales y las del hogar, estructurar una política de intervención para promover la equidad con enfoque de género ayudará a cerrar la brecha entre hombres y mujeres en materia de tiempos de ocio.
“En España, por ejemplo, como parte de las medidas para promover el cierre de brechas por género en el mundo laboral, se incluyó en el Real Decreto Ley 6 de 2019 el derecho a solicitar adaptaciones en la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral”, comentó Jaramillo Jassir.
Este decreto Real indica que dichas adaptaciones deberán ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la persona trabajadora y con las necesidades organizativas o productivas de la empresa.