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Ordenan al centro comercial Buenavista y Aseocolba ofrecer disculpas públicas a trans por sacarla de baño


Por Germán Corcho Tróchez 

Un fallo de tutela ordena al centro comercial Buenavista y a la empresa Aseos Colombianos (Aseocolba) ofrecer “disculpa públicas” a Nomi Orozco Niebles, una mujer trans miembro de la comunidad LBGTI, por haberla conminado a salir del baño de mujeres.

El juzgado 28 civil municipal de Barranquilla profirió la decisión este martes dentro del proceso impulsado por Orozco, quien se declaró víctima de discriminación.

Al relatar lo sucedido, Orozco expuso que departía con una amiga en el Buenavista, pero al momento de ingresar a uno de los baños para mujeres, una empleada de Aseocolba se dirigió solo a ella y le indicó que “debía retirarse”.

“Respondí que soy mujer y le enseñé mi documento de identificación, en donde consta que soy género femenino”, manifestó. “Me retiré, mientras mi amiga sí pudo hacer uso del baño de damas”.

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La accionante presentó una queja escrita al Buenavista, cuya respuesta no la satisfizo.

“La empresa Aseocolba informó que el personal de dicha empresa se encontraba en el baño al momento en que ingresó, y que al momento de la ejecución del servicio de aseo se le indica a los clientes que no pueden acceder; lamentamos cualquier incomodidad, somos respetuosos de la diversidad de género, religión, raza e ideología de clientes y servidores”, reseña el fallo.

Al responder al juez los señalamientos de la tutelante, Buenavista negó todos los hechos relatados por ella y adujo que, de acuerdo a lo expresado por la empleada de Aseocolba, “la restricción obedeció a que se adelantaban actividades de limpieza”.

El juez aclara que en el presente caso a Orozco no se le retuvo, expuso públicamente, no se le condujo ni fue objeto de burlas. “Pero (…) la presunción de discriminación no se disuelve con la simple acta de descargos de la señora aseadora, de hecho al reconocer que la accionante le mostró la cédula advertimos una necesidad de reconocimiento y reivindicación del derecho a utilizar el baño de mujeres”.

Martínez concluye que sí es posible que hubiese discriminación, puesto que en una acción de tutela es el accionado quien debe probar lo contrario, y ello no ocurrió. “En un espacio como el centro comercial existe una infraestructura que contiene múltiples medios a su alcance para demostrar los hechos, debiendo entonces presumirse la discriminación”.

La orden del juez obliga al Buenavista y a Aseocolba a que, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la sentencia, “dispongan de un espacio apropiado y abierto al público dentro de las instalaciones del centro comercial, en el cual deberán ofrecer disculpas públicas por los agravios de los que fue víctima” Nomi Orozco.

Esta no es la primera decisión relacionada con actos discriminatorios a la comunidad LGBTI en centros comerciales de la ciudad. La Corte Constitucional emitió el 23 de enero de este año una similar en contra del Portal del Prado y la firma de seguridad privada Videlca, por exigir la salida de una pareja de jóvenes gay que se besaron dentro de sus instalaciones.


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