La magistrada, Claudia López Díaz, indicó que se aparta de la decisión de la mayoría después que la JEP diera a conocer que tomó la decisión de negar extradición de Jesús Santrich y la solicitud de su libertad inmediata, se desató una fuerte tormenta política y judicial.
¨Se concedió la garantía por un delito común, de narcotráfico, de carácter permanente, sin establecer su conexidad con el delito político, ni su relación con el conflicto armado¨ expresó la magistrada.
Así mismo, Claudia López sustentó sus razones, ¨De manera que se otorgó, el beneficio por conducta que están afuera de la competencia de esta jurisdicción, ya que no corresponde a graves violaciones a los derechos humanos, infracciones al derecho internacional humanitario, conducta relacionada con el conflicto armado o el delito político, no se exige a cambio de este tratamiento especial un régimen de condicionalidad¨.
Finalmente la magistrada afirmó que el beneficio por las conductas atribuidas en la solicitud de extradición afectó el derecho de las víctimas a la no repetición y anotó que la decisión de sus colegas de sala, Jesús Ángel Bobadilla, Caterina Heyck y Adolfo Murillo, de compulsar copias a ciertos funcionarios de la Fiscalía se hace sin una justificación probatoria y argumentativa suficiente.