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La primera condena por maltrato animal en Colombia


Bogotá, 7 mar (EFE).- Un juzgado del municipio colombiano de Amagá, en el departamento de Antioquia, condenó hoy a seis meses de prisión a David Andrés Flórez Acosta, de 31 años de edad, por el delito de maltrato animal agravado, al reconocer que mató y comió gatos, informó la Fiscalía.

«La investigación está relacionada con el hurto de varios gatos, entre los que figura el del cura párroco del pueblo, los cuales fueron sacrificados y consumidos en la casa del procesado», señaló la Fiscalía en un comunicado.

Flórez Acosta había sido capturado el 19 de septiembre de 2016 por la Policía en su propia residencia, donde encontraron un cráneo y cinco pieles de los felinos hurtados.

Al momento de su aprehensión Flórez Acosta, que había sido denunciado por sus vecinos por los malos olores, reconoció que comía carne de gato.

En Colombia no está prohibido consumir carne de gato, caballo o de perro, pero lo que si está penalizado es el maltrato animal, delito por el que fue acusado el capturado.

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Sin embargo, a Flórez Acosta se le reconoció el estado de marginalidad por lo que se le concedió el beneficio de la libertad condicional, agregó la Fiscalía.

El 6 de enero de 2016 el presidente Juan Manuel Santos, sancionó la nueva ley contra el maltrato animal que modifica el artículo 655 del Código Civil para reconocer a los animales como «seres sintientes».

La nueva ley, que fue aprobada por el Congreso a finales de 2015, se establecen multas que van desde cinco a 50 salarios mínimos legales (de 1.249 a 12.500 dólares), para quienes «incurran en actos dañinos y de crueldad en contra de los animales».

Igualmente, la norma prevé una pena de 12 a 36 meses de prisión e inhabilidad especial de uno a tres años para quien «cause la muerte o lesione gravemente la salud o integridad física de los animales silvestres, domésticos y amansados».


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