Noticias-1

La Policía no puede ingresar a viviendas sin orden judicial


Este jueves la Corte Constitucional tumbó el decreto del nuevo código de policía, donde autorizaba ingresar a las casas sin tener orden judicial preliminar para desconectar cualquier equipo de sonido que perturbara la tranquilidad de sus vecinos.

La demanda en contra de dicho artículo revelaba que esta ley violaba la Constitución y que no indicaba el límite a la actividad de la Policía, pues se dejaba a discreción de los uniformados “transgredir derechos a la intimidad personal, a la familia o a la inviolabilidad del domicilio”.


El alto tribunal resaltó que el derecho a la intimidad no puede ser violado, por lo que la Policía solo podría apagar las fuentes de sonido si estas se encuentran fuera del domicilio; y además, respetando el debido proceso; es decir, “debe haber una verificación anteriormente para determinar si efectivamente se está incurriendo a la perturbación de la convivencia”.

¿Estas de acuerdo con la decisión de la Corte Constitucional?

Publicidad

Mostrar más

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba