Si usted es uno de los colombianos que tiene algo pendiente con la Dian, es bueno que revise, pues más de 53.000 contribuyentes podrán saldar sus deudas con la Dian, por medio de los beneficios tributarios que establece la Ley de Financiamiento.
Para ser uno de los candidatos a aprovechar uno de los tres beneficios que incluyó la Ley de Financiamiento y que ya tienen establecidos los últimos plazos en este año, he aquí las tres gabelas:
- Principio de favorabilidad
Su aplicación vence el 28 de junio. Dicho principio recae sobre personas que tengan obligaciones fiscales a cargo que presten mérito ejecutivo, es decir, aún no han pasado a instancias jurídicas.
Según explicó Lisandro Junco, director de ingresos de la Dian, este beneficio “propende por la reducción de sanciones e intereses para los contribuyentes que están en proceso de cobro o tengan algún tipo de deuda”.
- Conciliación administrativa
Este beneficio aplica para contribuyentes, agentes de retención y responsables de impuestos nacionales, así como para usuarios aduaneros y del régimen cambiario, que hayan presentado demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante una instancia administrativa. El plazo para presentar la solicitud es hasta el 30 de septiembre de 2019 y para suscribir el acta de conciliación, hasta el 31 de octubre de 2019.
- Terminación por mutuo acuerdo
También, su plazo se extiende hasta el 31 de octubre, según recordó Junco. Y, la autoridad tributaria tendrá plazo hasta el 17 de diciembre para resolver la solicitud. Igualmente, el beneficio va hasta el 80 por ciento de las sanciones actualizadas e intereses, según el caso, señala la ley.
El director de ingresos de la Dian subrayó que hasta el 31 de mayo habrá jornadas de atención en días hábiles. Y para personas que por sus actividades laborales o económicas no puedan acudir en esos días a los puntos de atención habrá dos jornadas sabatinas, el 15 y el 22 de junio.
Fuente consultada: El Tiempo.